La industria cárnica gallega es una de las más antiguas y respetadas en España, con…
La seguridad alimentaria es una responsabilidad compartida
Decir que “la seguridad alimentaria es el principal ingrediente de nuestra alimentación” es quizás la mejor forma de resumir en una sola frase las demandas actuales de los consumidores en relación con la alimentación y el principio rector y prioridad de las Administraciones en relación con la producción y distribución de alimentos.
Todos los distintos procesos y controles están inter relacionados por el concepto de trazabilidad, que se define como la posibilidad de encontrar y seguir el rastro a través de todas las etapas de producción, transformación y distribución de los animales y sus carnes. La trazabilidad se desarrolla en los siguientes procesos: nacimiento, crianza, transporte, sacrificio, despiece, transporte y distribución y todos estos procesos repercuten en nuestra seguridad alimentaria.
La producción animal en España ha evolucionado mucho en los últimos años, habiéndose adaptado nuestros modos productivos a las condiciones que impone la Unión Europea, que tiene en la producción los estándares de calidad e higiene más elevados del mundo. La legislación europea y española en materia de registro de explotaciones y sobre identificación y trazabilidad de los animales, es la más completa y exigente del mundo.
Bases de la trazabilidad
Para garantizar la trazabilidad, la normativa sobre identificación y registro del ganado regula el procedimiento para la identificación de cada animal y para el registro de sus movimientos.
En síntesis, el proceso lo podemos definir en:
Nacimiento de un animal
El ganadero debe notificar el nacimiento, junto con los datos básicos del animal (sexo, raza, fecha de nacimiento, identificación de la madre…) a la autoridad competente de su Comunidad Autónoma en el plazo de veintisiete días tras el nacimiento. Al mismo tiempo anotará el nacimiento en su Libro de Registro. Se colocarán igualmente en este plazo (27 días) los crotales a los animales, bien por el propio ganadero, bien por la autoridad competente. En el caso del ganado vacuno la autoridad competente expide el Documento de Identificación de Bovinos (DIB) con todos los datos de la explotación y los del animal que ha sido identificado, en un plazo máximo de los catorce días siguientes a la comunicación del nacimiento.
Salida de un animal de su explotación
La notificación de la salida de la explotación a la autoridad veterinaria se realizará presentando el Documento de Identificación del animal o animales que se trasladan. Es necesario anotar la salida en el Libro de Registro, y cerciorarse de que el documento de Identificación acompaña al animal a destino, así como la documentación sanitaria correspondiente que ampara ese traslado.
Llegada de un animal a una explotación
Todos los bovinos deben llegar acompañados de su Documento de Identificación. Es necesario anotar la llegada en el Libro de Registro. Se notificará la entrada del animal en la explotación a la autoridad veterinaria, presentando para ello el Documento de Identificación con el que el animal llegó, en el plazo de siete días. La autoridad competente expedirá entonces un nuevo documento de Identificación personalizado con los datos del nuevo propietario y de la nueva explotación, así como todos los relativos al animal.
Pérdida o deterioro de un crotal auricular
Cuando un crotal se pierde o deteriora el productor solicita la fabricación de otro exactamente igual al que se ha perdido.
Muerte de un bovino en la explotación
Las muertes en la explotación se deben notificar también a la autoridad competente, en un plazo de siete días, devolviendo el Documento de Identificación.
Sacrificios en establecimiento autorizado
Cuando los animales llegan a un establecimiento de sacrificio, los responsables de éste deben notificar la identidad de los animales que sacrifican y las fechas de los sacrificios a la autoridad competente. Muchas Comunidades Autónomas han dispuesto sistemas informáticos para las notificaciones de sacrificios por parte de los establecimientos de sacrificio.
Todos los animales llegan pues, al establecimiento de sacrificio, identificados con dos crotales o marcas auriculares y acompañados de su Documento de Identificación, además de una documentación sanitaria que hace referencia al estatus sanitario tanto de los animales como de la explotación de origen. Esta documentación se verifica en el transcurso de la inspección ante-mortem por parte de los servicios veterinarios oficiales del establecimiento de sacrificio, y ante cualquier anomalía, se inmovilizaría ese animal, para una investigación que determine si puede o no ser sacrificado.
Además, el movimiento de los animales al establecimiento de sacrificio y toda su información, queda registrado en SIMOGAN. De esta forma, tras el sacrificio y faenado de las canales es posible obtener todos los datos necesarios para el etiquetado obligatorio de la carne.
La seguridad alimentaria, por principio
En resumen, podemos concluir que en ningún país del mundo hay una legislación sobre seguridad alimentaria tan densa ni tan completa como la que existe en Europa. Observamos que, por la forma de incorporarse al consumo desde los millennials hasta la gente más joven, los hábitos de vida están cambiando: somos consumidores más conectados y más obsesionados por sentirse bien. Forman parte de una serie de valores que la sociedad está cambiando y nosotros tenemos que adaptarnos a ellos y el mundo de la carne.
Las nuevas particularidades del consumidor actual, lo que los expertos definen como consumer sapiens, provocan un cambio de tendencia en la compra de carne y derivados cárnicos hacia la conveniencia, hacia productos fáciles y cómodos de cocinar, hacia la salud y en ciertas categorías, hacia productos más Premium.
Por todo ello, en Frigoríficos Bandeira, tenemos muy en cuenta la calidad de nuestras carnes que sin duda alguna redundan en la seguridad alimentaria que se trata de una responsabilidad compartida.